POLÍTICA

lunes, 13 de enero de 2014

Aumenta Gobierno Federal pensión a beneficiarios del programa +65


  •   Modifica SEDESOL reglas de operación en beneficios de afiliados a +65
  •  El plazo máximo para realizar comprobación de supervivencia es de cuatro meses
  •  Jubilados o pensionados que reciben menos de $1092 mensual pueden inscribirse al programa

El delegado Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en Puebla, Juan Manuel Vega Rayet informó que los beneficiarios del programa Mas 65 recibirán un incremento de 110 pesos durante el ejercicio fiscal 2014, es decir, que en 2013 los adultos mayores recibían 1050 pesos bimestrales y a partir del presente año se les otorgarán 1160 pesos.
De igual forma, el funcionario federal señaló que el Presidente de la República Enrique Peña Nieto, propuso modificaciones a las reglas de operación del programa antes mencionado por lo que la prueba de supervivencia se realizará cada cuatro meses, precisando que una vez incorporado el adulto mayor, el término empezará a correr a partir del mes en que se inscriba al programa.
 Agregó que las y los Adultos Mayores deberán renunciar a los apoyos monetarios del programa para Adultos Mayores del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, en caso de ser beneficiario del mismo.
 Juan Manuel Vega Rayet agregó que respecto al pago por defunción del adulto mayor que es beneficiario del programa se le entregara a su representante por única vez el pago de $1160 pesos.
 Asimismo, enfatizó que otra de las modificaciones sustanciales a la reglas de Operación 2014 es que todos aquellas que personas Adultas Mayores de 65 años en adelante que no reciben pago mensual superior a $1,092 pesos por concepto de jubilación o pensión de tipo contributivo, mediante apoyos económicos y de participación y protección social, ahora pueden inscribirse en más 65 y recibir los beneficios.
 Los requisitos para inscribirse son: Documento de identidad, que puede ser: Credencial para votar Pasaporte, Cédula profesional o Credencial del Inapam, Documento para comprobar edad, que puede ser: Acta de nacimiento, Clave Única de Registro de Población (CURP) y Constancia de residencia, que puede ser el recibo de pago de luz, agua, teléfono o predial, con antigüedad menor a 3 meses.


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